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DECLARACIÓN DE VIVIENDA JUSTA

Las leyes federales y estatales de vivienda justa se pusieron en vigor para crear un campo de juego uniforme para los compradores de viviendas en todas las áreas de una transacción de bienes raíces. Estas leyes prohíben la discriminación basada en la raza, el color, la religión, el sexo, la discapacidad, el estatus familiar y el origen nacional.

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Ley de Derechos Civiles de 1866

La Ley de Derechos Civiles de 1866 prohíbe toda discriminación racial en la venta o alquiler de propiedad.

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Ley de Vivienda Justa

La Ley de Vivienda Justa de 1968 hace de la vivienda justa una política nacional. Prohíbe la discriminación en la venta, arrendamiento o alquiler de vivienda, o hacer que la vivienda no esté disponible debido a la raza, color, religión, sexo, discapacidad, estado familiar u origen nacional.

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Ley de Estadounidenses con Discapacidades

El Título III de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades prohíbe la discriminación contra las personas con discapacidades en instalaciones comerciales y lugares de alojamiento público.

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Ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito

La Ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito hace que sea ilegal discriminar a cualquier persona en una solicitud de crédito debido a raza, color, religión, origen nacional, sexo, estado civil, edad o porque la totalidad o parte de los ingresos de un solicitante provienen de cualquier programa de asistencia pública .

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LAS RESPONSABILIDADES

El vendedor de la casa, el buscador de casas y el profesional de bienes raíces tienen derechos y responsabilidades bajo la ley.

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Para el vendedor de viviendas

Usted debe saber que como vendedor de vivienda o arrendador está obligado a no discriminar en la venta, alquiler y financiamiento de la propiedad por motivos de raza, color, religión, sexo, discapacidad, estado familiar u origen nacional. Usted no puede instruir al corredor con licencia o vendedor que actúa como su agente para transmitir para usted cualquier limitación en la venta o alquiler, porque el profesional de bienes raíces también está obligado a no discriminar. Bajo la ley, un vendedor de vivienda o arrendador no puede establecer términos o condiciones discriminatorios en la compra o alquiler; negar que la vivienda está disponible o anunciar que la propiedad está disponible sólo para personas de cierta raza, color, religión, sexo, discapacidad, estado familiar u origen nacional.

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Para el Buscador de Hogares

Usted tiene el derecho de esperar que la vivienda estará disponible para usted sin discriminación u otras limitaciones basadas en la raza, color, religión, sexo, discapacidad, estado familiar u origen nacional.

 

Esto incluye el derecho a esperar:
 

  • Vivienda en su rango de precios puesto a su disposición sin discriminación

  • Servicio profesional igualitario

  • La oportunidad de considerar una amplia gama de opciones de vivienda

  • No hay limitaciones discriminatorias en las comunidades o lugares de vivienda

  • No hay discriminación en la financiación, valoración o aseguración de la vivienda

  • Adaptaciones razonables en reglas, prácticas y procedimientos para personas con discapacidad

  • Términos y condiciones no discriminatorios para la venta, alquiler, financiamiento o aseguramiento de una vivienda

  • Para estar libre de acoso

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Para el Profesional inmobiliario

Los agentes en una transacción de bienes raíces no pueden discriminar por motivos de raza, color, religión, sexo, discapacidad, estado familiar u origen nacional. Tampoco pueden seguir tales instrucciones de un vendedor de vivienda o arrendador.

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Qué hacer si siente que la ley ha sido violada

Las quejas por discriminación sobre la vivienda pueden presentarse en la oficina más cercana del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD, por sus días, por sus días, por sus días, por sus seres electrónicos) o llamando a los números gratuitos de HUD, 1-800-669-9777 (voz) o TTY (800) 927-9275, con el contacto de HUD en Internet en https://www.hud.gov/program_offices/fair_housing_equal_opp/online-complaint

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